SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 6 de noviembre de 2018, cuando salió a repartir comida a los sectores del Recinto Penitenciario San Pedro de Chonchocoro del departamento de La Paz, donde se encuentra privado de libertad, al regresar de la ventana del bloque “A”, un compañero a quien no pudo reconocer, le pidió el favor de arrojar una basura y al recibirla la botó; sin embargo, cuando “…el sargento…” (sic), levantó el objeto, se percató que se trataba de un papel tipo sobre que contenía yerba verdusca y   Bs10.- (diez bolivianos) envueltos con “…escochz…” (sic) (entiéndase como cinta adhesiva), lo que motivó que en ese instante fuera trasladado a zona de aislamiento, durante tres días.

Después de cumplir el referido castigo, se le notificó con la Resolución 125/2018 de 15 de noviembre, emitida por Jhonny Rivera Paniagua, Director del Recinto Penitenciario ya descrito, que le impuso nueva sanción disciplinaria por el mismo hecho, disponiendo su traslado a la sección de aislamiento durante cuarenta días; aspecto que demostró que cumplió una penalidad anticipada cuando ésta no estuvo ejecutoriada y que la última determinación constituía doble castigo; asimismo, no consideró el principio de proporcionalidad establecido en el art. 120 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) –Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001–, la gravedad de la causa ni la conducta que tuvo durante el último año y que el hecho no fue cometido por él; situación que demuestra la vulneración de sus derechos.