Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
a)
Solicitó se conceda la tutela; y en consecuencia se determine: a) La Nulidad de obrados hasta que se notifique con la demanda ejecutiva y Auto Intimatorio de 1 de octubre de 2015, en su domicilio real ubicado actualmente en la zona de Pacata Alta, calle José F. Guevara W-15 de Cochabamba, restituyéndosele los derechos y garantías conculcados; y, b) Se condene en costas, daños y perjuicios a las autoridades demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- III.1.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- subsidiariedad y de inmediatez
- III.2.
- 4. Relación de los hechos. 5. Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados.
- CONFIRMAR