SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

II.2.

II.2.  Por memorial de 24 de julio de 2017, Jorge Armando Borja Alarcón en representación de AYOREITA COMPAÑÍA MINERA S.R.L., interpuso recurso de apelación impugnando la Sentencia 06/17 de 13 de julio de 2017, exponiendo los siguientes agravios: a) Que el Poder arrimado por el apoderado que suscribió la demanda no señaló de manera específica qué facultades tiene para demandar a la referida empresa; por lo que, según lo previsto por el art. 811.II del CC, el apoderado no puede ejecutar nada más allá de lo que se ha prescrito en el mandato, en tal razón, el apoderado ejecutante en el presente proceso no podía formalizar la demanda; y, b) Asimismo, no observó en lo previsto por el art. 42.I del CPC, norma que el Juez a quo, infringió al concluir que el poder es suficiente para demandar, determinación que le causa agravio, en razón a que el apoderado excedió su mandato (fs. 32 a 33 vta.).