Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
I.2.2. Determinación de la competencia
Por Auto Constitucional (AC) 055/2018-CA/S de 30 de mayo, cursante de fs. 171 a 176, la Comisión de Admisión de este Tribunal, con la facultad conferida por el art. 10.I.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo), resolvió declarar competente para conocer y resolver la presente acción de amparo constitucional al Juzgado Público Civil y Comercial Vigésimo Sexto del departamento de La Paz.
- acción de
- I.1.1 Hechos que motivan la acción
- Sentencia Constitucional No. 266/2011-RCA de 9 de septiembre de 2011
- I.2.1. Controversia entre Jueces de garantías
- I.2.2. Determinación de la competencia
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- únicamente se da en el caso de haberse intentado una acción tutelar idéntica con anterioridad, en la cual, el juez o tribunal de garantías no ingresó a resolver el fondo de la temática formulada
- el mismo se calcula o toma en cuenta desde el día siguiente de la presentación de la acción,
- III.2. Análisis del caso concreto
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