Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 15/18 de 16 de noviembre de 2018, cursante de fs. 18 vta., a 20 vta., emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Santa Cruz; en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada; bajo la modalidad de pronto despacho, en los mismos términos dispuestos por el Tribunal de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- , con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
- Fragmento 12
- En el caso de los Numerales 2 y 3, la o el Juez o Tribunal dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, correrá traslado a las partes quienes deberán responder en el plazo de tres (3) días. Con contestación o sin ella, la o el Juez o Tribunal dictará resolución sin necesidad de audiencia, dentro de los cinco (5) días siguientes
- Fragmento 14
- III.3. Presunción de veracidad en la acción de libertad
- III.4.
- CONFIRMAR