SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A través de memorial presentado el 23 de igual mes y año, solicitó se le conceda el beneficio de la suspensión condicional de la pena, acompañando para ello su Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP); sin embargo, la Jueza de Instrucción Penal Sexta, que se encontraba en suplencia legal de su similar Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba, fijó día y hora para considerar lo pedido para el 4 de diciembre del referido año, desconociendo la normativa prevista en los arts. 325 y 326 de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (LDEP), la cual establece que la audiencia debe realizarse en un plazo máximo de cinco días; por lo que al haber señalado audiencia fuera del plazo legal -ocho días-, la autoridad demandada provocó demora en el acceso a su libertad.