Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de su derecho a la petición, a la propiedad y al acceso a la información; por cuanto, la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro no brindó respuesta oportuna a sus Notas presentados el 21, 28 de septiembre y 3 de octubre 2018, para que en base a la misma pueda hacer valer sus derechos en la instancia que corresponda.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- de la misma manera se instruirá a esta autoridad municipal a traves de un memorándum la atención inmediata a su persona sobre los puntos solicitados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. El derecho de petición y el deber de otorgar respuesta formal y oportuna
- de la misma manera se instruirá a ésta autoridad municipal a través de un memorandúm la atención inmediata a su persona sobre los puntos solicitados y que se ejecuten en el día
- CONFIRMAR