SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, a la igualdad, a la defensa y estabilidad laboral; debido a que, a través de Memorándum CM-DIR.NAL. RR.HH. J-048/2017 de 9 de mayo, arguyendo la transitoriedad de su cago, fue agradecida en sus funciones como Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primera de Arque del departamento de Cochabamba; por tal motivo, interpuso recurso de revocatoria, sin embargo, las autoridades demandadas emitieron la Resolución RR/SP 052/2017 de 18 de mayo, confirmando el citado Memorándum, omitiendo dar respuesta a los agravios invocados en su recurso planteado de forma motivada, fundamentada y coherente.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- entre sus elementos se encuentra la fundamentación y motivación de las resoluciones, a las que toda autoridad a cargo de un proceso está obligada a cumplir, no solamente a efectos de resolver el caso sometido a su conocimiento, sino exponiendo de manera suficiente, las razones que llevaron a tomar cierta decisión, así como las disposiciones legales que sustentan la misma,
- entendiéndose por lo primero la obligación de la autoridad que lo emite para citar los preceptos legales, sustantivos y adjetivos, en que se apoye la determinación adoptada
- Fragmento 15
- Fragmento 16