Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ACLARATORIO DE LA SCP 0716/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
III. CONCLUSIÓN
Por las razones expuestas, la Magistrada que efectúa el presente Voto Aclaratorio, considera que la SCP 0716/2019-S2 de 21 de mayo, debió prescindir del desarrollo jurisprudencial glosado en su Fundamento Jurídico III.1; toda vez que, en la presente causa amerita la denegatoria de la tutela impetrada, porque el accionante causó su propia indefensión; empero no, por falta de prueba, conforme a lo analizado en esta Aclaración de Voto.
- I.
- Fragmento 2
- a)
- los jueces y tribunales de garantías -ahora también las salas constitucionales- deben actuar con diligencia, para procurar mayores elementos de prueba del acto u omisión denunciado de ilegal y remitirlos al Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- II.3.
- II.4. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0716/2019-S2
- III. CONCLUSIÓN
- MAGISTRADA