AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2019-CA
Fecha: 02-May-2019
b)
b) Realizaron la exposición de los fundamentos jurídico-constitucionales que dan origen a interponer la acción de inconstitucionalidad abstracta contra el art. 238.3 de la CPE, refiriendo los motivos por los cuales el precepto constitucional impugnado resultaría contrario a otros artículos de la propia Ley Fundamental así como de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, explicando porqué correspondería la aplicación preferente del art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación a los derechos políticos sobre el art. 238.3 de la CPE, cumpliendo de esa manera con el requisito previsto en el art. 24.I.3 del CPCo (fs. 5 a 63);