Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0097/2019-CA
Fecha: 09-May-2019
recurso directo de nulidad
El recurso directo de nulidad interpuesto por María Alicia Aramayo Moya contra Iván Marcelo Telleria Arévalo, Alcalde suplente del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba y Karen Suarez Alba, Presidenta del Concejo Municipal del mismo departamento, demandando la nulidad de la Resolución Presidencial 049/87 de 31 de diciembre de 1987; la Matrícula Computarizada 3.01.1.02.0022567, Asiento A-1 de 25 de agosto de 2004; la Resolución Municipal 7987/2018 de 18 de diciembre y la Resolución Administrativa Municipal 00140 de 8 de diciembre de 2017.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2. Naturaleza Jurídica del recurso directo de nulidad
- II.3. El fundamento jurídico constitucional como requisito de admisión del recurso directo de nulidad
- el recurrente tiene la obligación de identificar cualquier acto siempre que sea abstraído en uno de los supuestos antes referidos a efectos de activar el presente recurso; sin embargo, la exigencia anterior también será entendida como incumplida cuando el recurrente, en lugar de identificar un acto concreto, abunde en alegaciones imprecisas y genéricas que impidan este Tribunal Constitucional Plurinacional a adquirir convencimiento y certeza respecto a la importancia y necesidad de emitir un fallo de fondo, sobre una situación o acto claramente identificado y que se pretende se declare su expresa nulidad.
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto
- RECHAZO