Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0116/2019-CA
Fecha: 28-May-2019
recurso directo de nulidad
El recurso directo de nulidad interpuesto por Wiliam Alexander Cruz Bustillos y Sergio Alejandro Vargas Herrera contra Zenón Peter Campos Quiroga, Vicerrector de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca (UMRPSFXCH), Roger Saúl Gómez, Macedonio López Ortiz y Alejandra Noemi Bayares, demandando la nulidad de la Convocatoria a elecciones estudiantiles que emergió de la asamblea efectuada el 5 de abril de 2019.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- 1.
- II.2. El fundamento jurídico constitucional como requisito de admisión del recurso directo de nulidad
- el accionante o recurrente demuestre fundadamente la importancia de su pretensión; para ello, se deben explicar con claridad las razones fácticas y jurídicas que permitan a esta jurisdicción adquirir el pleno convencimiento sobre la necesidad de emitir un pronunciamiento sobre un determinado asunto
- el recurrente demuestre
- el recurrente tiene la obligación de identificar cualquier acto siempre que sea abstraído en uno de los supuestos antes referidos
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto