AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2019-RCA

Fecha: 13-May-2019

a)

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Auto de 4 de diciembre de 2018, cursante a fs. 132 y vta., otorgó el plazo de tres días para subsanar las siguientes observaciones: a) Presente documentación pertinente que acredite su personería y personalidad jurídica; b) Determine cuál fue la conducta desplegada por cada uno de los demandados, señalando cuál fue el acto ilegal u omisión indebida en la que incurrieron y cómo dichos actos ilegales u omisiones indebidas restringieron o suprimieron sus derechos; c) Aclare, si la acción de amparo constitucional se interpone contra un acto u omisión  indebida de las autoridades demandadas; d) Precise cuáles son los derechos o garantías constitucionales que hubieran sido restringidos, suprimidos o al menos amenazados, tomando en cuenta que esta acción tutelar no se trata de un recurso ordinario y no es el medio idóneo para tutelar principios; y,           e) Establezca el nexo existente entre los derechos o garantías que considere  transgredidos, en relación a los actos u omisiones llevados adelante por la parte demandada, precisando de qué manera se lesionaron dichos derechos en relación al acto ilegal u omisión indebida, imputable a cada uno de los demandados.