AUTO CONSTITUCIONAL 0134/2019-RCA
Fecha: 17-May-2019
Fragmento 2
Mediante memoriales presentados el 3 y 8 de abril de 2019, cursantes de fs. 8 a 12 y de 16 a 17 vta., el accionante en representación de su madre ahora fallecida, alega que el 6 de septiembre de 2018, quien en vida presentó denuncia penal ante la Fiscalía Especializada para Víctimas de Atención Prioritaria (FEVAP) por los supuestos delitos de agresión, violencia familiar, económica y patrimonial, establecidos en la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia -Ley 348 de 9 de marzo de 2013-, la cual fue desestimada mediante Resolución 983/2018 de 7 septiembre, dictada por el Fiscal, en flagrante incumplimiento de sus funciones previstas en el art. 154 del Código Penal (CP), sin siquiera iniciar las investigaciones tal como el procedimiento lo exige, siendo notificado con la misma para subsanar dentro del plazo de veinticuatro horas con una falsa fecha de emisión de la Resolución antes citada.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 4
- 1)
- IMPROCEDENCIA
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- i)
- la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar
- correspondiendo llamar la atención a dicho profesional
- 2º Disponer