Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2019-RCA
Fecha: 21-May-2019
h)
h) Solicita se conceda la tutela, disponiendo: 1) Se revoque el Auto de 14 de junio de 2017 y el Auto de Vista de 24 de agosto de 2018; 2) Se cumpla con lo dispuesto por los “…Arts. 514, 515 y 517 del C.P.C. con la ejecución Coactiva del Auto Definitivo del 1ro de Agosto del 2009, y se ordene y conmine a Javier Villafañe Pozo al pago de los $us 3.000 (…) con la ejecución de la Fianza…” (sic); 3) La nulidad de obrados a “…Fs 418 del expediente del juzgado, como vicio más antiguo” (sic); y, 4) Más costas por los daños y perjuicios.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis del caso concreto
- exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar; y de no hacerlo corresponderá al juez de garantías denegar la tutela solicitada, a no ser que de la lectura y comprensión de los hechos expuestos, se evidencie una flagrante lesión a los derechos fundamentales
- h)