Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0147/2019-RCA
Fecha: 28-May-2019
I.2.
Considera lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos de motivación y congruencia de las decisiones judiciales con relación a su derecho a la vivienda, y los principios de legalidad, favorabilidad, pro homine y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 19.I, 115, 119, 180.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- parte accionante que solicita tutela alegando la causal antes descrita, tiene la obligación de probar mediante medios objetivos el riesgo de daño grave e irreparable que pueda ocasionarse en caso de no operar la tutela constitucional de manera inmediata
- demostrar de manera objetiva que se provocará un daño irreparable de persistir la restricción, supresión o amenaza al derecho fundamental cuya protección se invoca
- Fragmento 10