AUTO CONSTITUCIONAL 0154/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0154/2019-RCA

Fecha: 29-May-2019

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 22 de marzo y 11 de abril de 2019, cursante a fs. 1, 172 a 185 y de 188 a 190 vta.; la accionante señala que el 8 de septiembre de 2017, se le inició un proceso disciplinario por la falta prevista en el art. 14.9 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB)   -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, por incurrir en deserción de la Policía Boliviana, culminada la investigación se llevó a cabo el juicio oral sin su presencia, únicamente con el Abogado Defensor de Oficio, emitiéndose la Sentencia 17/2017 de 20 de septiembre, por el Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía de Chuquisaca, que resolvió su baja definitiva de la institución policial sin derecho a reincorporación; y habiendo apelado esa determinación en sentido que debe considerarse su estado de salud, psicológico y mental a los fines de justificar su ausencia laboral, este fue resuelto por Resolución 311/2017 de 14 de diciembre, declarando probada en parte disponiendo que el Tribunal inferior dicte nueva resolución con análisis y valoración de la prueba de recién obtención presentada.

Señala que, el citado Tribunal Departamental Disciplinario tratando de cumplir con lo dispuesto por el Tribunal Superior, descalificando sus pruebas y sin un análisis prolijo pronunció la Resolución 001/2018 de 19 de febrero, de destitución definitiva sin derecho a reincorporación, decisión que fue apelada nuevamente, y resuelta por el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, mediante Resolución Definitiva 129/2018 de 30 de julio, resolviendo confirmar su baja definitiva, incurriendo en incongruencia externa entre lo pedido en el recurso de apelación y lo considerado por el Tribunal Disciplinario, resolución con la que fue notificada el 23 de “septiembre” de 2018.