Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0155/2019-RCA
Fecha: 29-May-2019
I.4. Resolución de la Sala Constitucional
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Cochabamba, mediante decreto de 12 de abril de 2019, cursante a fs. 49, observó la demanda tutelar disponiendo que el accionante presente el decreto de 6 de junio de 2018 y la respectiva diligencia de notificación, memorial o memoriales de ofrecimiento de prueba del accionante en el proceso penal motivo de la acción de defensa.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- e)