Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0195/2019-S2
Fecha: 02-May-2019
III.5. Análisis del caso concreto
La accionante, denuncia la vulneración a sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación, a la defensa, al acceso a la justicia y a la petición, argumentando que la Secretaría Municipal de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, mediante RA 03/2017, declaró clandestina la construcción en el inmueble de su propiedad; no obstante haber interpuesto los recursos legales en contra de dicha resolución, éstos no fueron respondidos, al contrario, la autoridad municipal emitió el Auto de ejecutoria de 19 de octubre de 2017, con el argumento que la accionante no impugnó la referida Resolución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- a)
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; iii) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, iv) Por la falta de coherencia del fallo, se da: iv.1) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2.
- Fragmento 16
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable
- o instancia administrativa
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 3°
- [7]
- [8]
- La eventualidad de impugnar un fallo desfavorable, posibilita que el administrado, reclame aspectos específicos que considera injustos a sus pretensiones, fundamentando en qué grado estas omisiones o distorsiones han afectado sus derechos