Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
II.2.
II.2. Cursa nota presentada el 25 de mayo de 2018, ante el “GERENTE GENERAL NUEVA TEL PCS DE BOLIVIA S.A.” (sic); por la cual, el ahora impetrante de tutela solicitó se le brinde información en relación a qué autoridad o personas autorizaron la construcción de la radio base antena en el cerro sagrado de Jach’a Pukara del TOC Pisiga del municipio de Sabaya del departamento de Oruro y a que título la mencionada empresa constituyó la antena de celulares en el espacio donde se emplazó la referida radio base antena, peticionando a su vez se le extiendan “…copias legalizadas de los contratos y autorización en caso de que exista” (sic [fs. 2]).
- acción de amparo constitucional
- copias legalizadas de los contratos y autorizaciones en caso de que exista
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- Fragmento 9
- La obtención de una respuesta, ya sea favorable o desfavorable, aun exista equivocación en el planteamiento de la petición
- obtención de una respuesta formal y pronta a lo que se tiene peticionado
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- CORRESPONDE A LA SCP