Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2019-S2
Fecha: 10-May-2019
II.1.
II.1. En el Informe CITE: DIRNOPLU/USN/INF/083/2017 de 7 de febrero, de Inspección Extraordinaria, el Jefe de la Unidad de Servicios Notariales de la DIRNOPLU, señaló que se constituyó en la Notaría de Fe Pública a cargo de Mónica Caballero Asebey -ahora accionante-, solicitando a la nombrada Notaria, ponga a la vista el libro de matrices protocolares donde se encuentra la Escritura Pública de Poder 403/2015 de 20 de marzo, evidenciando que la matriz de Escritura Pública de Poder no se encuentra en el correlativo que le correspondía y que el testimonio duplicado o segundo traslado no consigna la fecha en la que fue franqueado (fs. 121 a 123 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO