SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

1)

Beatriz López Rengifo, Directora Departamental de Educación de Pando y Jhenny Ticona Garrido, miembro del Tribunal Administrativo Disciplinario de la Dirección Departamental de Educación del referido departamento, por medio de su abogado en audiencia, manifestaron lo siguiente: 1) Presentado que fue el recurso jerárquico, el Tribunal Administrativo Disciplinario señalado conforme a la “…reglamentación de faltas y sanciones, de los institutos técnicos tecnológicos…” (sic), cumplió el procedimiento y remitió a la autoridad máxima para que se pronuncie sobre el mismo, siendo notificado a la parte ahora accionante el 15 de octubre de 2018; 2) El impetrante de tutela, se presentó a la Dirección Departamental de Educación de Pando y verificó que no se encontraba arrimado al expediente la acción de inconstitucionalidad concreta planteada; por lo cual, a efectos de corroborar lo mencionado llegó nuevamente con una Notaria de Fe Pública quien elaboró una acta notarial advirtiendo lo referido; 3) Los miembros del señalado Tribunal Administrativo Disciplinario, en su mayoría son maestras, que no conocen de las normas y procedimientos, al no ser profesionales del área, siendo una de sus falencias, con relación al descuido del memorial de acción de inconstitucionalidad concreta; empero, el hoy peticionante de tutela podía apersonarse y subsanar esta situación; y, 4) El Recurso jerárquico y el proceso se ha llevado conforme a norma y lo que es referente “…al recurso de acción inconstitucional, es la información que podemos brindar sin llegar al fondo de lo acontecido…” (sic).