SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2019-S4

Fecha: 16-May-2019

De acuerdo a la cita normativa precedente, se puede concluir que la incorporación al ámbito de protección de la Ley General del Trabajo, sólo alcanza a trabajadoras y trabajadores asalariados ‘permanentes’ que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo

De acuerdo a la cita normativa precedente, se puede concluir que la incorporación al ámbito de protección de la Ley General del Trabajo, sólo alcanza a trabajadoras y trabajadores asalariados ‘permanentes’ que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo; ello implica que dicha protección no alcanza siquiera a todos los que desempeñan funciones operativas; por lo que, podrán existir servidores públicos que habiendo ingresado mediante proceso de selección de personal, gocen de estabilidad laboral, pero no se encuentren bajo la protección de la Ley General del Trabajo, en razón a que no desempeñan labores manuales” (las negrillas son nuestras).

Motivos por los que, la citada SCP 0464/2018-S3, concluyó: “…el juez constitucional, conforme lo señalado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, no puede hacer cumplir una conminatoria de reincorporación laboral en un caso en el cual, de acuerdo a los elementos facticos y normativos no resulta aplicable la estabilidad laboral…”.