SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
1)
Franklin David Romero Céspedes, en representación de la Sociedad Santa Cruz Financial Group S.A., mediante memorial presentado el 6 de noviembre de 2018, cursante de fs. 538 a 542, señaló que: 1) Se evidenció del escrito de acción de amparo constitucional que las aseveraciones del solicitante de tutela son forzadas, desordenadas, confusas y repetitivas, limitadas a retrotraer a otras instancias e invocar jurisprudencia, pretendiendo justificar la procedencia de la acción de amparo constitucional, olvidando cumplir con los requisitos de procedencia de dicha acción de defensa, pues no establecen la relación de causalidad entre el motivo alegado y la presunta lesión de derechos; 2) En cuanto al reclamo de lesión al derecho a la igualdad, dicha observación no se enmarca en la verdad, puesto que, los Magistrados demandados cumplieron a cabalidad con el procedimiento, no existiendo en el contenido del AS 234/2018-I, renuncia de su función revisora; y, 3) La presente acción tutelar carece de fundamentos reales que demuestren la supuesta transgresión de derechos y garantías, por el contrario, el accionante pretende usarla como otra instancia supra casacional, cuando no es su esencia.