SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0279/2019-S2
Fecha: 24-May-2019
II.6.
II.6. A través del Auto Supremo 241 de 8 de junio de 2018, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, resolvió el recurso de casación interpuesto por la ahora tercera interesada donde CASÓ el Auto de Vista y deliberando en el fondo declaró probada en parte la demanda, improbada la excepción de prescripción por falta de méritos e improbada la excepción de pago documentado, por corresponder el pago efectivizado a un periodo laboral (2001-2012) diferente al que se constituye en el objeto de la presente demanda (1993-2001); en consecuencia, de acuerdo al detalle consignado en el Auto Supremo impugnado, respecto a los derechos labores y beneficios sociales por el periodo laboral de 1993 a 2001, alcanza a la suma de Bs1 481 677,42 (un millón cuatrocientos ochenta y uno seiscientos setenta y siete mil 42/100 bolivianos), más el 30% del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, a calcularse en ejecución de sentencia (fs. 208 a 217).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- Fragmento 14
- III.1. El derecho al debido proceso, en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia
- Fragmento 16
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: 1) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; 2) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; 3) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, 4) Por la falta de coherencia del fallo, se da: 4.i) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)