VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0258/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
CONFIRMAR
En todo caso, se considera que debió: CONFIRMAR dicha Resolución; y en consecuencia: CONCEDER la tutela impetrada en los mismos términos indicados por el Juez de garantías, respecto a la reincorporación de la accionante Rosa Mae Pérez, el pago de sus sueldos devengados y los derechos laborales que le correspondan de acuerdo a ley; conforme a los siguientes fundamentos y términos dispositivos:
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, el Juez de garantías al conceder la tutela impetrada, obró de forma correcta; consiguientemente, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0258/2019-S2 de 21 de mayo, debió CONFIRMAR la Resolución 7 de noviembre de 2018, cursante de fs. 101 a 104, pronunciada por el Juez Público de Familia Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos indicados por el referido Juez de garantías.
- I.
- CONFIRMAR
- a)
- 1)
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- por una parte
- Por otra parte
- pago de sueldos devengados
- b)
- c)
- d)
- En ese entendido, la SCP
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal