Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2019-RCA
Fecha: 04-Jun-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 95 de 9 de mayo de 2019, cursante a fs. 25 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Shirley Ruelas Vargas contra Claudia Camacho Palacios, Lourdes Gutiérrez Vega y Jimmy Jaime Cruz, Miembros de la Comisión Disciplinaria Regional de la Universidad de Aquino Bolivia (UDABOL).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no puede operar si hay otras rutas procesales idóneas para atacar la lesión o amenaza
- la subsidiariedad del amparo constitucional debe ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro el proceso o vía legal, sea
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR