Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2019-RCA
Fecha: 10-Jun-2019
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido en el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 79 de 13 de mayo de 2019, cursante de fs. 82 a 83, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- Que, el carácter subsidiario del recurso de amparo
- Que, de ese entendimiento jurisprudencial, se extraen las siguientes reglas y sub reglas de improcedencia de amparo por subsidiariedad cuando
- Recurso de Revocatoria deberá ser interpuesto por el interesado ante la máxima autoridad municipal
- Recurso Jerárquico podrá ser interpuesto por el interesado ante la autoridad ejecutiva
- II.4.
- CONFIRMAR