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    AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2019-RCA

    Fecha: 07-Jun-2019

    Fragmento 7

             El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • Fragmento 7
    • II.1. Marco normativo constitucional
    • Es menester señalar que el accionante si bien omitió en un primer momento efectuar una adecuada relación causal entre la causa petendi y el petitum; podía haberlo enmendado a tiempo de hacer uso de la palabra en la audiencia de garantías,

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