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    AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2019-RCA

    Fecha: 07-Jun-2019

    I.2.

    La parte accionante considera como lesionados sus derechos al debido proceso en sus elemento de fundamentación, motivación y congruencia, valoración integral de la prueba y a la defensa; citando los arts. 13.I y II, 115.II, 117.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre  Derechos Humanos (CADH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). 

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • Fragmento 7
    • II.1. Marco normativo constitucional
    • Es menester señalar que el accionante si bien omitió en un primer momento efectuar una adecuada relación causal entre la causa petendi y el petitum; podía haberlo enmendado a tiempo de hacer uso de la palabra en la audiencia de garantías,

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