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    AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2019-RCA

    Fecha: 24-Jun-2019

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    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.3. Petitorio
    • improcedente
    • 1)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • la jurisdicción constitucional no puede ser usada indiscriminadamente, peor aún cuando ya se ha presentado una acción tutelar y ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional, por lo que si una vez presentada una acción tutelar, y los accionantes presentan otra acción sobre un mismo objeto, entonces tal acción resulta ser temeraria,
    • , ya existe pronunciamiento del juez o tribunal de garantías, no procede la interposición de una nueva, aclarando que esta causal sólo se activa si en la anterior acción de amparo constitucional formulada, el juez o tribunal de amparo se pronunció sobre el fondo de la problemática planteada
    • no es posible formular dos acciones de defensa, con los mismos hechos
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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