AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0185/2019-RCA

Fecha: 24-Jun-2019

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memorial presentado el 13 de mayo de 2019, cursante de fs. 106 a 115; la accionante refiere que trabajó en calidad de profesional auditora financiera en tareas propias y permanentes del referido Colegio de Auditores o Contadores Públicos de La Paz en la Gestión 2018, mediante contrato de trabajo 001/2018 de 2 de enero, el cual por negligencia de su empleador perdió su eficacia jurídica debido a que no fue refrendado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por lo que al perder su eficacia jurídica se convirtió en contrato a plazo indefinido pero a pesar de ello su empleador le cambió de función a una de menor jerarquía, constituyendo ello un despido indirecto e injustificado, comunicándole además por Circular de Presidencia 03/2018 de 26 de diciembre, que debe constituirse en oficinas del referido Ministerio el 28 del citado mes y año a objeto de suscribir el pago del finiquito correspondiente.

Por todo ello acudió al citado Ministerio solicitando su reincorporación laboral, llegando a emitir posteriormente la Jefatura Departamental de Trabajo la Conminatoria J.D.T.L.P. //D.S. 0495/ 011/2019 de 23 de enero, de reincorporación inmediata a su fuente laboral en el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de La Paz, al mismo puesto que ocupaba como Coordinadora Administrativa Financiera al momento del despido injustificado, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales, conminatoria que fue notificada al empleador el 31 de enero de 2019, conforme se evidencia del acta notarial 05-2019; pero, de acuerdo a la inspección de verificación de reincorporación de 8 de febrero del mismo año, se determinó el incumplimiento del empleador a dicha Conminatoria.