Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante sin mandato alegó la lesión de sus derechos a la vida, a la integridad física, a la defensa, al debido proceso, a igualdad de garantías y a ser oído, citando al efecto los arts. 15, 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 14.1 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 4, 8.1 y 2 inc. h); y, 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- solicitará que se guarde tutela a su vida,
- Atentados contra el derecho a la vida
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR