SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

1)

Dicha decisión, se fundó en los siguientes puntos: 1) La autoridad judicial -hoy demandada-, alega que el accionante no hubiera proveído los recaudos de ley para la remisión de su recurso de apelación; sin embargo, dado el principio de gratuidad que rige la administración de justicia, dicho aspecto no es determinante para no disponer dicha remisión, más aun cuando se está dilucidando la libertad del imputado, que considera que la decisión asumida no coincide con los principios de justicia y proporcionalidad; 2) Según versión del impetrante de tutela, su defensa se apersonó a estrados judiciales para cumplir con los respectivos recaudos de ley, pero no fue aceptada, debido a que aún no se encontraba elaborada el acta de 29 de noviembre de 2017; y, 3) Al no haberse remitido la apelación incidental dentro del plazo establecido por el art. 251 del CPP, el Juez cautelar demandado, dilató innecesariamente la definición de la situación jurídica del demandante de tutela y no aplicó correctamente el principio de celeridad, por lo que corresponde se otorgue la tutela solicitada, por pronto despacho.