Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
II.4.
II.4. Por contrato de 1 de diciembre de 2017, suscrito entre personeros de la CNS y el solicitante de tutela, se contrataron los servicios de este último para que cumpla la función de trabajador manual (portero) en el “CIMFA 10 de Febrero”, por el plazo de treinta y un días calendario; función que continuó desempeñando en mérito al contrato de trabajo eventual de 8 de enero de 2018 con vigencia hasta el 31 de marzo del mismo año (fs. 10 y 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación laboral: Reconducción de línea hacia la aplicación del estándar más alto de protección
- Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR