SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2019-S4

Fecha: 18-Jun-2019

a)

El accionante a través de su abogado, se ratificó en la demanda de acción de cumplimiento y ampliando la misma, después de la lectura de informe de las autoridades demandadas, manifestó lo siguiente: a) Contrariamente a lo afirmado por el Tribunal de garantías en la Resolución 08/2018, cumplió con los principios de subsidiariedad e inmediatez al momento de plantear la presente acción tutelar; b) Respecto al principio de subsidiariedad; la SCP 0390/2018-S1, refirió que el Tribunal de garantías demandado podía haberle advertido y observado antes de señalar la audiencia y solo después conocer la acción de defensa; c) Refiriéndose, al fondo de la acción de amparo constitucional señaló que, se le negó el ejercicio de sus derechos establecidos en instrumentos internacionales, puesto que lo que persigue es evitar la confiscación de su aportes realizados a la seguridad social, toda vez que al emitirse el Decreto Supremo (DS) 1888 de 4 de febrero de 2014, que establece una edad mínima para acceder a los aportes, se está procediendo al embargo de sus aportes, por lo que solicitó se detenga dicho embargo conforme a lo previsto por el art. 48.IV de la CPE, siendo que esta es la cuarta o quinta acción tutelar que interpone; d) Como bien dice el AC 0129/2018-RCA, no debieron negar su acción de defensa por subsidiariedad; y, e) Equivocadamente la autoridad demandada en su informe, señaló que se estaría impugnando una resolución, negándole el derecho de complementación y enmienda.