SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0369/2019-S4

Fecha: 18-Jun-2019

II.3.

II.3.    En revisión de la Resolución del Tribunal de garantías conformado por la autoridad y ex autoridad ahora demandadas, según se advierte en el Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, fue emitida la SCP 0390/2018-S1 de 13 de agosto, dictada por la Sala Primera del Tribunal Constitucional Plurinacional, que dentro de la acción de defensa mencionada, confirmó en todo la Resolución 08/2018 de 11 de junio, pronunciada por las autoridades demandadas y denegó la tutela solicitada, argumentando que el cuestionamiento de la interpretación de la legalidad ordinaria en que hubiese incurrido la autoridad demandada, no es posible que se revise a través de la acción de defensa planteada, más aun si el accionante solamente hizo una cita del contenido de las normas, señalando que se estaría desconociendo el principio de supremacía constitucional previsto por el art. 410.II de la CPE al haber aplicado tanto la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) como la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) el inc. a) del modificado art. 172 del DS 0822 de 16 de marzo de 2011, previsto en el numeral XVII del DS 1888, por encima de la Norma Suprema, careciendo la acción interpuesta de la explicación del por qué la labor desplegada por el Ministro de Económica y Finanzas Públicas, es insuficientemente motivada, arbitraria y con omisión de las reglas de interpretación; así como expresar el nexo de causalidad entre la supuesta ausencia de motivación al no aplicar la interpretación que a criterio del accionante debió realizarse con los derechos y garantías previstos denominando una relevancia constitucional.