SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2019-S2
Fecha: 14-Jun-2019
denegó
El Juez de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 019/2018 de 11 de diciembre, cursante a fs. 26 y vta., denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: i) Revisado las actuaciones procesales, se advirtió entre otras cosas que el imputado Vladimir Carlos Montero Herrera, por escrito presentado el 5 de diciembre de 2018, pidió audiencia de consideración de aplicación de procedimiento abreviado, petitorio al cual, el Juez de la causa, señaló audiencia para horas 14:30 del 12 del mismo mes y año, por lo que el demandante de tutela no cumplió con el principio de subsidiariedad, puesto que previamente acudió a la jurisdicción ordinaria; ii) En ejercicio de su derecho a la defensa material, el impetrante de tutela en audiencia señaló que la abogada Mónica Irusta, quien interpuso la actual demanda constitucional, ya no es su abogada, y que desconocía de dicha audiencia y de la consideración de la presente acción constitucional; y, iii) El representante sin mandato del accionante, Álvaro Miguel Flores Torrez carece de legitimación activa para interponer esta demanda constitucional, debido a que fue interpuesta sin que exista el pedido, la autorización o el consentimiento del imputado.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II
- III.1. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional
- III.2.
- CONFIRMAR