Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2019-S2
Fecha: 14-Jun-2019
II.2.
II.2. Por escrito presentado el 22 de noviembre de 2018, consta que el accionante denunció ante el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, retardación de justicia, pidiendo emita conminatoria para que la autoridad Fiscal, se pronuncie sobre su solicitud impetrada el 9 de octubre del mismo año (fs. 6 y vta.).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II
- III.1. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional
- III.2.
- CONFIRMAR