SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2019-S1

Fecha: 19-Jun-2019

a)

Solicita se conceda la tutela impetrada y se disponga que: a) En el plazo de veinticuatro horas, las autoridades judiciales demandadas resuelvan su solicitud de cesación de la detención preventiva; b) Los demandados “…procedan al pago de indemnización, resarcimiento de daños y el pago de costas a determinar…” (sic); y, c) Se determine la existencia de responsabilidad administrativa en el actuar de la Fiscal de Materia y de la abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, remitiéndose antecedentes a la máxima autoridad según corresponda.

Liliana Jurado Rodríguez, Abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del departamento de Beni, en audiencia manifestó que: a) Es evidente que asistió a la anterior audiencia; sin embargo, debe tenerse presente que es de otra jurisdicción, que es San Ignacio, habiendo sido notificada solo con la hoja de la diligencia sin tener conocimiento del caso, estando presente solo porque de por medio se encuentra una menor de edad; b) Se alega que solo faltaba una documentación, pero la Fiscal de Materia en ese momento no tenía conocimiento de cuál era la que se requería, razón por la cual pidió el acta para ponerse al tanto y verificar si realmente era el folio real lo que faltaba y al no contar con el mismo, no podía fundamentar su posición, por ello se adhirió a lo solicitado por el Ministerio Público que vela por los intereses de la sociedad; y, c) Se llamó la atención severamente a la Secretaria por la inexistencia del acta de audiencia, siendo su única participación  el hecho de que en el caso se encuentra una menor de edad, debiendo coadyuvar con el Ministerio Público.