SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

El razonamiento precedente, constituye un cambio de línea establecido en la SC 1865/2010-R de 25 de octubre, la que resolviendo el caso concreto, señaló que

El razonamiento precedente, constituye un cambio de línea establecido en la SC 1865/2010-R de 25 de octubre, la que resolviendo el caso concreto, señaló que “…la Administración Tributaria en uso de sus atribuciones, ejecutó medidas tanto coercitivas como coactivas contra el patrimonio del contribuyente deudor que resulta ser el esposo de la accionante a quien se le embargó un inmueble de su propiedad, el mismo que fue llevado al trance de subasta pública conforme lo determina el art. 310 del Ctb. 1992, sin embargo, en el proceso mismo del remate, (…) interpone tercería de dominio excluyente, la misma que es rechazada mediante decreto de 20 de enero de 2005, por el cual, la Administración Tributaria con el fundamento que, de acuerdo al art. 360.II del CPC, además de probar su derecho y dominio sobre el bien embargado, la tercerista ‘debió acompañar a su demanda un depósito judicial bancario por el valor del 5% de la base en que hubiere de realizarse la subasta’ (sic). Este decreto, constituye un acto administrativo emergente de la potestad tributaria; por tanto, se tiene que la accionante, afectada con este acto administrativo, se encontraba facultada para activar los mecanismos de impugnación establecidos para este tipo de actos a través del recurso de revocatoria, ello por tratarse de un proceso coactivo iniciado con el Código Tributario de 1992, por lo que corresponde la aplicación de la Disposición Transitoria Primera del Código Tributario Boliviano”.