Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2019-S2
Fecha: 24-Jun-2019
i)
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela; teniendo particularmente en cuenta las siguientes temáticas: i) Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho; ii) Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal; y, iii) Análisis del caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la dilación indebida
- operar en caso de existir vulneración a la celeridad, cuando esté relacionada con la libertad y devenga de dilaciones indebidas
- III.2. Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal
- recondujo la línea establecida por la SC 0487/2005-R
- cuando se trata de una solicitud de cesación, también es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal
- III.3.
- para los supuestos en los que presentada la acusación, se formulen solicitudes de cesación de la detención preventiva
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- b)
- c)