SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2019-S2
Fecha: 24-Jun-2019
tercer agravio
Sobre el tercer agravio reiteraron que la calificación es provisional, por ello, el cuestionamiento de la imputada de que se estaría pretendiendo aplicar la Ley 004 y, que no era posible sancionar retroactivamente conductas que no estuvieron previamente establecidas en la ley, no tienen relación con su pretensión de anular la imputación formal, pues con ese incidente solo se puede revisar si tiene o no suficientes indicios y cuál la participación del imputado en el hecho delictivo; por lo que, ese motivo no puede ser acogido.
Sobre el agravio de que la imputación no expresa una debida relación de hechos, atribuyéndole delitos de forma genérica. Al respecto, el Tribunal de apelación señaló que, los fundamentos expuestos por la apelante son los mismos que expone en el incidente de nulidad de imputación, su defensa no identificó qué derecho y de qué manera se los habría vulnerado; por lo que, al no haberse cuestionado la legalidad o logicidad, no se proporcionó a este Tribunal los medios para realizar un análisis respecto a la Resolución apelada, el recurso incidental solo transcribe parte de los fundamentos de su incidente; por lo que, ese motivo tampoco puede ser acogido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II
- a)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- III.2 La fundamentación de la imputación formal y la calificación provisional de la conducta
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- primer agravio
- segundo agravio
- tercer agravio
- agravios cuarto
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada