SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada y en consecuencia: a) Se deje sin efecto el Memorándum CM-DIR.NAL. RR.HH. 0539/2018 y las Resoluciones Administrativas (RRAA) RR/DNRH 003/2018 y R.J./S.P. 012/2018 de 2 de julio, que confirman la decisión expresada en el indicado memorándum; b) Se disponga su inmediata reincorporación al mismo puesto y nivel salarial que ocupaba hasta el 16 de mayo de igual año en el Consejo de la Magistratura; y, c) Se ordene el pago de salarios devengados, por el periodo en el que fue ilegalmente desvinculada y demás derechos y beneficios reconocidos por ley.
Justo Cahuana Cuisara, en audiencia manifestó que: a) La parte impetrante de tutela, no acreditó con pruebas que padeciera la enfermedad que refiere; y, b) Con esta acción tutelar, también se ve perjudicado por cuanto de igual modo su derecho al trabajo es afectado, solicitando que se considere que no tiene ningún impedimento para trabajar y que ha sido contratado recientemente.
a) La SCP 0499/2016-S2 de 13 de mayo, corroboró la Disposición Transitoria de la Ley del Órgano Judicial, fallo que moduló las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0504/2015-S3 y 0832/2015-S3, estableciendo la transitoriedad de los servidores jurisdiccionales de apoyo judicial y administrativos, quienes no gozan de inamovilidad y estabilidad laboral, siendo ratificada por la
SCP “0953/2017-S1”;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- e)
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER