VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0390/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0390/2019-S2

Fecha: 19-Jun-2019

Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura

En este sentido, el art. 45.V de la CPE, en general otorga una protección especial a la maternidad estableciendo que: “Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal” (las negrillas son nuestras).

Entonces, a partir de obligaciones del estado contenidas en el referido    art. 45.V de la CPE, la SCP 0076/2012de 12 de abril[1], entendió que el Estado está obligado a resguardar que  las etapas de gestación, periodo prenatal y posnatal se desarrollen en condiciones adecuadas; de tal forma que no afecten la salud física y emocional o psíquica de la madre y del recién nacido. En el mismo sentido, lo entendió la SC 1497/2011-Rde 11 de octubre[2]