Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2019-RCA
Fecha: 31-Jul-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución 35/2019 de 31 de mayo, cursante de fs. 15 a 16, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Betty Ramza Ulloa Riveros de Olivares contra Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedencia
- sin la fecha limite para realizar algún reclamo, en la parte posterior del mismo, tal como se entrego a otras personas
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- concluyó que al ser éste un derecho imprescriptible en mérito al art. 53 de la Constitución Política de ese país de 1991, la inmediatez no puede ser entendida como un requisito de procedencia severo en este caso en particular