Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2019-RCA
Fecha: 31-Jul-2019
I.3. Petitorio
Solicita que se conceda la tutela, ordenándose que se revoque y subsane la resolución mediante nota CITE: SENASIR UCC-JCC 021/2019 en base a la RA D.P. 019.02, reconociéndose sus doce años y cuatro meses de trabajo en la Caja de Seguro Social de Chóferes desde junio de 1975 hasta septiembre de 1987.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedencia
- sin la fecha limite para realizar algún reclamo, en la parte posterior del mismo, tal como se entrego a otras personas
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- concluyó que al ser éste un derecho imprescriptible en mérito al art. 53 de la Constitución Política de ese país de 1991, la inmediatez no puede ser entendida como un requisito de procedencia severo en este caso en particular