AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019-RQ
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019-RQ

Fecha: 03-Jul-2019

II.1.    Naturaleza y objeto del recurso de queja

           El art. 27.III del CPCo, establece la posibilidad de impugnar a través del recurso de queja, el auto constitucional de rechazo emitido por la Comisión de Admisión; el que deberá ser conocido por el Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo de setenta y dos horas computable a partir de su notificación y resuelto en el plazo de cinco días. Entendiéndose, que el recurso de queja deberá contener la argumentación correspondiente, respecto a las razones por las que el recurrente considera que su demanda debió ser admitida, precisando los errores en los que hubiera incurrido la Comisión de Admisión, al rechazar su demanda.

En ese orden y de acuerdo a la jurisprudencia constitucional contenida, entre otros, en los Autos Constitucionales 0003/2015-RQ de 27 de abril y 0009/2017-RQ de 12 de diciembre, compele al Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional, verificar si los argumentos que sustentan el rechazo dispuesto por la Comisión de Admisión, se hallan dentro del marco normativo, circunscribiendo su pronunciamiento, a los cuestionamientos formulados por la parte recurrente y si efectivamente concernía la admisión.