AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019-RQ
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2019-RQ

Fecha: 03-Jul-2019

ya que la accionante no  consideró que cuando se demanda la inconstitucionalidad de un precepto legal, es imprescindible precisar los razonamientos por los cuales se los considera contrarios a cada uno de los preceptos constitucionales identificados, habiendo la accionante omitido realizar tal contrastación

Mediante AC 0031/2018-CA, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, ratificó el rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Soledad Solana Molina Pereira, dentro el proceso disciplinario seguido en su contra, fundamentando que la referida demanda fue planteada sin cumplir lo previsto en el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional (CPCo), ya que: “…los argumentos que se esgrimen en el memorial de demanda carecen de fundamentación jurídica-constitucional, de acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico precedente, ya que la accionante no  consideró que cuando se demanda la inconstitucionalidad de un precepto legal, es imprescindible precisar los razonamientos por los cuales se los considera contrarios a cada uno de los preceptos constitucionales identificados, habiendo la accionante omitido realizar tal contrastación.