ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0617/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
1)
Claudio Zenobio Espinoza Luna, Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana, mediante sus representantes legales en audiencia señaló: 1) El accionante fue sentenciado a pena de tres años de reclusión por la comisión de un delito de orden público que adquirió calidad de cosa juzgada al haberse emitido el Auto Supremo que desestimó su apelación; 2) Al existir dicha Sentencia, se tuvo que dar cumplimiento a la normativa policial en vigencia; en tal sentido, la RA 0293/18 no vulneró ningún derecho fundamental del impetrante de tutela, menos sus derechos sociales; por cuanto, la MUSERPOL es una entidad independiente a la Policía Boliviana; en consecuencia, sus beneficios en dicha instancia deberán ser otorgados por los años de servicios prestados; sin embargo, la entidad policial nada tiene que ver con los manejos de la MUSERPOL; y, 3) No procede la emisión del memorándum de agradecimiento de servicios a favor del accionante; por cuanto, la RA 0293/18 determinó su baja definitiva en razón a la sentencia penal dictada en su contra; la que puede asumirla el Comando General a través de la Dirección de personal de la referida institución; y, por otra parte, no correspondía ningún inicio de proceso sumario o administrativo, porque la razón de la baja es la sentencia condenatoria en materia penal que tiene calidad de cosa juzgada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. El derecho al debido proceso y defensa en el ámbito administrativo
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Por haber sido condenado a pena corporal, mediante sentencia judicial ejecutoriada
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)